Tribunal de la UE aprueba la reventa de juegos descargablesEl principio de agotamiento y límites de derechos de autor
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó que era legal a los consumidores revender juegos y software descargables previamente comprados y jugados. Este fallo surge de una disputa legal entre el revendedor de software UsedSoft y el desarrollador Oracle en los tribunales alemanes.El principio establecido por el tribunal es el agotamiento del derecho de distribución (el principio de agotamiento de los derechos de autor₁). Esto significa que una vez que el titular de los derechos de autor vende una copia y otorga al cliente derechos de uso ilimitados, el derecho de distribución se agota, lo que permite la reventa.
Esta decisión se aplica a los consumidores de los estados miembros de la Unión Europea, abarcando juegos obtenidos a través de plataformas como Steam, GoG y Epic Games, entre otras. El comprador inicial obtiene el derecho de vender la licencia del juego, permitiendo a otra parte ("comprador") descargarlo del sitio web del editor.
"Un acuerdo de licencia que otorga al cliente el derecho a usar esa copia de forma ilimitada período, ese titular del derecho vende la copia al cliente y agota así su derecho exclusivo de distribución...", afirma la decisión. "Por lo tanto, incluso si el acuerdo de licencia prohíbe una transferencia adicional, el titular de los derechos ya no puede oponerse a la reventa de esa copia".
En la práctica, esto podría implicar que el comprador inicial proporcione un código de licencia del juego y renuncie al acceso en el momento de la venta. /reventa. Sin embargo, la falta de un mercado o sistema definido para tales transacciones crea complejidades y deja muchas preguntas sin respuesta.
Por ejemplo, quedan preguntas sobre la transferencia de registro. Las copias físicas, por ejemplo, permanecerían registradas en la cuenta del propietario original.
(1) "El principio de agotamiento de los derechos de autor es un límite al derecho general del propietario de los derechos de autor a controlar la distribución de su obra. Una vez obtenida una copia de la obra se ha vendido, con el consentimiento del titular de los derechos de autor, se dice que el derecho está "agotado", lo que significa que el comprador es libre de revender esa copia y el propietario de los derechos no tiene derecho a objetar". (a través de Lexology.com)
El revendedor no puede acceder ni jugar el juego tras la reventa
Los editores incorporan estipulaciones intransferibles en los acuerdos de usuario, pero el fallo reemplaza tales limitaciones en los estados miembros de la Unión Europea. Si bien los consumidores obtienen el derecho a revender, una limitación es que el vendedor del juego digital no puede conservar el acceso.Los tribunales de la UE declaran que: "Un adquirente inicial de una copia tangible o intangible de un programa informático cuyo derecho de distribución del titular de los derechos de autor está agotado debe inutilizar la copia descargada en su propio ordenador al momento de la reventa. Si si continuara usándolo, violaría el derecho exclusivo del titular de los derechos de autor de reproducir su programa de computadora."
Permite la replicación de copias requeridas para el programa Uso
En cuanto a los derechos de reproducción, el tribunal precisó que si bien el derecho exclusivo de distribución se agota, el derecho exclusivo de reproducción permanece, pero está "sujeto a las reproducciones necesarias para el legítimo uso del adquirente." Las regulaciones también permiten la creación de copias esenciales para el uso previsto del programa, y ningún acuerdo puede impedirlo."En este contexto, la respuesta del Tribunal es que cualquier adquirente posterior de una copia cuyo derecho de distribución del titular de los derechos de autor está agotado constituye un adquirente legítimo, por lo que puede descargar en su ordenador la copia que le vendió el primer adquirente. Dicha descarga debe considerarse una reproducción de un programa de ordenador necesaria para que el nuevo adquirente pueda utilizar el programa. de conformidad con el fin previsto." (a través de la Ley de derechos de autor de la UE: un comentario (serie Comentarios de Elgar sobre la ley de propiedad intelectual) 2.a edición)
Restricción a la venta de copias de seguridad
Es digno de mención que el tribunal decidió que las copias de seguridad no son elegibles para la reventa. Los compradores legítimos tienen prohibido revender copias de seguridad de software."Los compradores legítimos de software no pueden revender copias de seguridad". Así lo establece el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en Aleksandrs Ranks & Jurijs Vasilevics contra Microsoft Corp.